"INVESTIGACIÓN"
identidad:
- Una vez
recibida la solicitud y formado el grupo interdisciplinario que actuará en
la investigación del hecho delictuoso, éste se trasladará de inmediato al
lugar de los hechos y/o del hallazgo a fin de evitar la pérdida de
indicios o evidencias.
- El
lugar de los hechos y/o del hallazgo contiene la información completa que
permitirá determinar la forma en que sucedieron los hechos, por lo que es
necesario seguir los protocolos de Cadena de Custodia de indicios o
evidencias en las diversas especialidades periciales para su
entrega-recepción en el área de servicios periciales.
estado original:
- Como
primer paso, es imprescindible y de vital importancia preservar el lugar
de los hechos, lo cual consiste en no alterarlo, con dos objetivos esenciales:
uno, inmediato, que busca conservar en su sitio original cada uno de los
indicios o evidencias, tanto en las zonas cercanas al sitio en que se
encuentre el objeto que se considera principal, o bien alrededor, sobre y
por debajo de un cuerpo, en caso de haber cadá- veres, como objetos que se
localicen en la escena del delito; y otro, mediato, que establece las
condiciones para reconstruir lo sucedido y determinar la verdad histórica
con tanto apego a la realidad como sea posible, identificando al o a los
posibles autores del mismo.
- Si
este primer paso no se lleva a cabo correctamente, se produce alteración,
pérdida o desplazamiento de indicios o evidencias que conducirán a
resultados equivocados, por lo que es necesario insistir en que todos los
indicios o evidencias deberán ser interpretados en relación con el lugar
de los hechos y/o del hallazgo.
- Las
autoridades responsables de preservar el lugar de los hechos y/o del
hallazgo son aquellas que tienen el primer contacto con el escenario del
delito. Generalmente se trata de las policías Preventiva, Municipal,
Estatal, Judicial, Ministerial, Militar, de Marina, Federal o incluso
elementos de la Policía Federal Ministerial, entre otros servidores
públicos, quienes tienen la encomienda de no permitir alteraciones, por
mínimas que sean; es decir, no se debe tocar ni cambiar de sitio los
objetos o la posición del cadáver, si lo hay. Asimismo, se evita el paso
de toda persona ajena —familiares, medios de comunicación, curiosos, etc.—
a las autoridades que realizarán la investigación.
- Más
aún, las autoridades responsables deberán advertir a quienes pretendan
ingresar a la zona asegurada que la persona que altere, modifique o
perturbe ilícitamente el lugar, huellas o vestigios del hecho delictivo
comete el delito de encubrimiento, en términos del artículo 400, fracción
VI, del Código Penal Federal.
parámetro de recolección:
- Métodos
o técnicas de investigación
- Teniendo
en cuenta la extensión y el tipo de terreno o edificación donde se
encuentra la escena del crimen y la naturaleza del delito que se
investiga, se deberá establecer el mejor método para la inspección
técnico-ocular del lugar, ya que en determinadas oportunidades las
evidencias son muy obvias y fáciles de localizar, pero existen otras que
demandan un registro más detenido y sistemático. Por ello, se aconseja
seguir algunos de los siguientes métodos:
- Método
de franjas o líneas. Es ideal para grandes espacios y consiste en realizar
un rastrillaje sobre un campo abierto. Para ello, se requiere de varias
personas, dispuestas en línea, que avanzan hacia delante en la misma
dirección. De encontrarse algún indicio, se dará aviso inmediato al
responsable del equipo, pero sin tocar la evidencia.
- Método
de cuadrilla o rejilla. Es muy parecido al de franjas, con la diferencia
de que este método brinda una doble cobertura: de este a oeste y de sur a
norte, formando una cuadrícula en el terreno.
- Método
de zonas, sectores o cuadrante. Consiste en dividir el terreno en zonas
asignándole una codificación o numeración a cada una de ellas. Una vez
dividido, se procederá a la inspección de cada espacio, y en caso de que
se encuentre alguna evidencia se hará mención del área donde ésta se
ubique
- Método
radial. Consiste en circundar la zona, formando una rueda y estableciendo
un punto central. En este caso, el desplazamiento se hace siguiendo el
radio de la circunferencia, de manera que si se parte del centro hacia la
orilla la superficie se amplía a medida que se avanza en la búsqueda.
- Método
de espiral. Se realiza una inspección de la zona en espiral, del centro a
la periferia o en sentido inverso. Es decir, en este caso la búsqueda se
hace de adentro hacia afuera, o bien de afuera hacia adentro.
- Método
punto a punto. Se localiza una evidencia y a partir de ella se protegen
los demás elementos que se encuentren en el lugar.
- Método
de abanico. Técnica adecuada para lugares cerrados. El investigador parte
de una de las esquinas de la habitación, se desplaza por una franja y
regresa por esta misma, para luego repetir el procedimiento avanzando por
otra franja hasta cubrir toda la habitación en un recorrido en forma de
abanico.
- Método
de criba. Se cubre todo el lugar (abierto o cerrado) sobre una franja,
avanzando de norte a sur, y luego se repite el desplazamiento pero de
oeste a este.
- Técnica
libre. En este caso, el investigador interactúa en el lugar de los hechos
a su libre albedrío, en función de su experiencia y de las características
del espacio.
Todos estos métodos se pueden utilizar de manera
aislada o combinados, dependiendo de cada caso en particular y tomando en
cuenta si las áreas son abiertas, cerradas o mixtas. La aplicación indistinta
de los métodos citados estará encaminada a localizar la mayor cantidad de
indicios en el menor tiempo posible. Se preservará el lugar de los hechos y/o
del hallazgo el tiempo necesario para realizar verificaciones posteriores,
atendiendo a las circunstancias que se presenten en cada caso particular. Las
condiciones de trabajo deben ser las más favorables, principalmente con luz
natural o con una buena iluminación en caso de que se inspeccione de noche.
Asimismo, se trabajará con instrumentos ópticos adecuados, sin prescindir del
menor detalle, ya que es mejor actuar con minuciosidad que perder algún dato
por mínimo que sea. El experto, de acuerdo con su experiencia, utilizará el
método que considere adecuado, según las condiciones y el caso, actuando
siempre con minuciosidad. De igual forma, deberá delimitar un área para colocar
su equipo de trabajo, realizar consultas con otros expertos y resguardar por un
corto tiempo los indicios recolectados. Asimismo, definirá rutas de acceso
seguras y delimitadas y determinará, de acuerdo con la naturaleza de las
evidencias, las medidas de seguridad necesarias para garantizar la integridad
física del personal presente en el lugar
precervacion del lugar de los hechos:
Para realizar una efectiva preservación del lugar de
los hechos se deberán emplear las técnicas adecuadas de acordonamiento, lo cual
dependerá de cada caso en particular, y de que el área sea abierta, cerrada o
mixta. La acción de preservar el lugar de los hechos y/o del hallazgo, a cargo
del personal de la policía, no sólo consiste en acordonar, sino en impedir que:
- Otras personas deambulen innecesariamente por el lugar.
- Se manipulen objetos que pudieran servir de indicios o evidencias.
- Alguien toque los cuerpos o restos humanos.
- Se contaminen objetos en que pudieran encontrarse huellas
dactilares.
- Se toquen objetos sin el permiso del personal que resguarda el lugar.
- Se desechen objetos que pudieran tener relación con el hecho.
La tarea de preservar se debe llevar a cabo en
tanto el personal especializado no haya comenzado el estudio del lugar, es
decir, procese los indicios o evidencias.
el embalaje y su traslado:
Una vez que las unidades de policía facultadas y/o los
peritos hayan ubicado, fijado e identificado los indicios o evidencias deberán:
1. Hacer un inventario de los mismos, con su
descripción y el estado en que se encontraron.
2. Llevar a cabo el levantamiento de acuerdo con
los protocolos establecidos y las técnicas adecuadas en la investigación
criminalística.
3. Embalar las evidencias inventariadas en el
empaque o contenedor adecuado, debidamente cerrado y etiquetado, y en su caso
sellado. La etiqueta deberá contener los datos siguientes:
Fecha y hora del hallazgo.
Número de indicio o evidencia.
Número de registro (folio o llamado).
Domicilio exacto del lugar de los hechos y/o del
hallazgo, ubicación exacta del lugar donde el indicio fue recolectado, y
descripción del material.
Observaciones.
Nombre completo, sin abreviaturas, del agente
policial, perito o auxiliar responsable de la recolección y el embalaje.
Notas.
Los responsables de procesar los indicios en el lugar
de los hechos y/o del hallazgo deberán establecer las medidas de seguridad
necesarias para el procesamiento de los mismos, es decir, usar guantes,
cubrebocas, gorros, batas, gafas, caretas y equipos, según la naturaleza del
caso.
Cuando los indicios o evidencias sean embalados
en bolsas de plástico o de papel, deberán adherirse en el doblez de las mismas,
como medida de seguridad, a fin de evitar que sean alterados o modificados.
En caso de usar cajas de cartón o de plástico, o
recipientes de vidrio para el embalaje de los indicios o evidencias, se
procederá de igual manera a etiquetarlas a fin de que cuando tengan que ser
abiertas para desempacar los indicios o evidencias resulte claro si éstos han
sufrido alguna alteración o modificación por parte de personal no autorizado.
Detallar en el Registro de Cadena de Custodia,
Formato II, la manera en que se realizó la recolección, el embalaje y el
etiquetado de las evidencias, así como las medidas puestas en práctica para
garantizar la integridad de las mismas, y las personas que intervinieron en
dichas acciones, recabando el nombre, cargo y proceso que realizó cada una de
ellas, incluyendo sus propias firmas.
El traslado o transporte de los indicios o evidencias
debe ser el adecuado, tomando en consideración las condiciones climatológicas,
la temperatura del transporte, la presión y el movimiento, así como la duración
del mismo, ya que pueden causar la destrucción del indicio o evidencia.
Lugar y fecha de permanencia
Las autoridades responsables de preservar el lugar de
los hechos y/o del hallazgo son aquellas que tienen el primer contacto con el
escenario del delito. Generalmente se trata de las policías Preventiva,
Municipal, Estatal, Judicial, Ministerial, Militar, de Marina, Federal o
incluso elementos de la Policía Federal Ministerial, entre otros servidores
públicos, quienes tienen la encomienda de no permitir alteraciones, por mínimas
que sean; es decir, no se debe tocar ni cambiar de sitio los objetos o la
posición del cadáver, si lo hay.
Asimismo, se evita el paso de toda persona ajena
—familiares, medios de comunicación, curiosos, etc.— a las autoridades que
realizarán la investigación. Más aún, las autoridades responsables deberán
advertir a quienes pretendan ingresar a la zona asegurada que la persona que altere,
modifique o perturbe ilícitamente el lugar, huellas o vestigios del hecho
delictivo comete el delito de encubrimiento, en términos del artículo 400,
fracción VI, del Código Penal Federal.
Individualización de las personas que hayan
tenido contacto con los individuos:
De igual forma, al llegar al lugar de los hechos y/o
del hallazgo se debe realizar una inspección general que permita identificar si
existen víctimas, lesionados, testigos o detenidos para proceder como
corresponda; es decir, brindar atención médica a víctimas y lesionados,
entrevistar a testigos y poner a disposición de la autoridad ministerial a los
detenidos. La entrevista con los testigos es muy importante, pues no sólo
permite recabar datos sobre el posible autor o partícipe de los hechos
delictivos de los que se tiene conocimiento, sino también reunir indicios o
evidencias en el lugar de los hechos y/o del hallazgo, y localizarlos. Se deben
aplicar adecuadamente las técnicas de entrevista a fin de obtener la mayor
información posible para la investigación del hecho de que se trate. Los datos
reunidos por las autoridades responsables de preservar el lugar de los hechos
y/o del hallazgo se registran en el formato I del Registro de Cadena de
Custodia, en términos del Acuerdo A/002/10.
eslabones de la cadena de custodia y conservación de
lo embalado :
Después de la observación y ubicación de los indicios
o evidencias se procede a la fijación, que es el procedimiento que permite
describir detalladamente el lugar de los hechos y/o del hallazgo y la
localización de los indicios o evidencias, mediante técnicas como la
fotografía, la videograbación, la planimetría y las cintas magnetofónicas.
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