"DISPOSICIONES COMUNES A LA INV"

  • Deber de Inv.- No puedes suspender,interrumpir a hacer cesar su curso, salvo los casos autorizados en la misma como las manifiesta los Artículos  253, 254, 255, 256, 257, 258 del CNPP.

  • La Investigación deberá realizarse bajo los siguientes principios:
  1. Inmediata
  2. Eficiente
  3. Exhaustiva
  4. Profesional
  5. Imparcial
  6. No Discriminacion
  • Para explorar y allegarse de medios de prueba el MP deberá desarrollar todas y cada una de las lineas de Inv.
"FORMAS DE DETERMINACIÓN"

  • Art 253.- Facultad de obtenerse de Inv
  • Art 254.- Archivo Temporal
  • Art 255.- No ejercido de la acción

"APLICABILIDAD"

  • Art 256.- Casos en que operan los criterios de oportunidad.
  • Art 257.- Efectos del criterio de oportunidad 
  • Art 258.- Notificaciones y control judicial

  • ¿Cual es el objeto de la Inv?
  • La investigación tiene por objeto que el MP reunía indicios para el esclarecimiento de los hechos y, en su caso los datos de prueba para sustentar el ejercicio de la acción penal, la acusación contra el imputado y la reparación del daño.
  • PRINCIPIOS RECTORES DE LAS AUTORIDADES INVESTIGADORAS.
  1. Legalidad
  2. Objetividad
  3. Eficacisa
  4. Profesionalismo
  5. Honradez
  6. Lealtad
  7. Respeto a los derechos humanos
  8. Respeto a la constitución------ Por su reforma
  9. Respeto a los tratados internacionales ------ Aplicar protocolos de actuacion
  • LA TRILOGÍA INVESTIGADORA
  • Toda persona o servidor publico esta obligado a proporcionar oportunamente la información que requieran el MP y la policía en el ejercicio de sus funciones de inv. un hecho delictivo concreto. En caso de ser citados para ser entrevistadas por el MP o la policía, tienen obligación de comparecer y solo podrán excusarse en dos casos expresamente previstas en la ley
  • En caso de incumplimiento, de incurrirá en responsabilidad y sera sancionado de conformidad con las leyes aplicables.

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