"CADENA DE CUSTODIA"

  • LA POLICÍA COMO SUJETO PROCESAL

  • ARTICULO 182 DE CNPP
  • "la policía actuara bajo la conducción y mando del Ministerio Publico en la investigación de los delitos en estricto apego a los principios de legalidad, objetividad, eficacia, profesionalismo, honradez, y respeto a los derechos humanos reconocidos en la constitución".
  • El actuar del mismo sistema penal acusatorio es de tal naturaleza que de ello depende muchas circunstancias que el MP sustente para acreditar su teoría del caso;

"IMPLICA"

  • La policía no se situé en responsabilidades administrativas o penales;
  • Policía puntual a la pretensión del Derecho;
  • Contar con excelente capacitación y continua;
  • Actuación de certeza;
  • Aplicar el principio de especificidad (facultado para proteger o bien interinar en cadena de custodia);
  • Vocación y un estar calificado;
  • Profesionalismo;

"REGISTROS Y RESERVA DE ACTOS DE INVESTIGACIÓN"


  • Los registros de la investigación, así como todos los documentos, independientemente de su contenido o naturaleza, los objetos, los registros de voz e imágenes o cosas que le estén relacionados, son estrictamente reservados, por lo que únicamente las partes, podrán tener acceso a los mismos, con las limitaciones establecidas en este código y demás disposiciones aplicables.
  • El Ministerio Publico y la policía deben dejar por cualquier medio registro de todas las actuaciones que se realicen durante la investigación para garantizar que la información recabada este:
  1. Completa
  2. Integral
  3. Exacto

"ACTO DE PRESERVACIÓN Y DESCRIPCIÓN DEL LUGAR DE HECHOS Y/O HALLAZGOS"

  • Numero de C.J;
  • Fiscalia y Agencia;
  • Fecha;
  • Hora;
  • Lugar que se preserva;
  • Municipio;
  • Estado;
  • Fundamentacion y Motivación;
  • Lugar que se trata (abierto o cerrado);
  • La existencia de autoridades al resguardo del lugar;
  • Ingreso de personal facultado (nombre, cargo, rol en el sitio y firma);
  • Narración de manipulación de objetos (motivos y hora);
  • Aclaración de circunstancias que pudieran modificar el lugar si existieran;
  • Aclaración de técnicas para conservar si existiera;
  • Descripción del lugar de los hechos o hallazgos;
  • Eliminación de las fuentes de peligro;
  • Registro de personas que se encontraban en el lugar (Nombre, dirección, descripción de lo que saben al respecto);
  • Autoridad que ordeno la actuación en el lugar;
  • Persona que recibe el lugar preservado o aseguramiento;
  • Narración de manipulación de objetos (motivo y hora);
  • Aclaración de circunstancias que pudieran modificar el lugar si existieran;

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